La Justicia condena a la Asociación de Vecinos Percheles-Cañada de Gallego por vulnerar el honor de Avelino López en sus redes sociales

El Tribunal de Instancia de Leganés ha dictado una Sentencia, fechada el 30 de septiembre, en la que condena a la Asociación de Vecinos Percheles-Cañada de Gallego por una intromisión ilegítima en el derecho al honor de Avelino López, a raíz de varias publicaciones difundidas entre mayo y diciembre de 2021 en las cuentas de Facebook y Twitter del colectivo.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Mazarron.com, la jueza concluye que varias de las afirmaciones vertidas por la asociación no solo eran falsas o no verificadas, sino que además se formularon empleando expresiones “gratuitas, ofensivas, vejatorias e innecesarias”, contribuyendo a formar en la pedanía una imagen pública del afectado “muy contraria” y basada en datos no contrastados.

Críticas en redes sobre el uso de unos terrenos cercanos a la playa de Percheles

El conflicto se originó cuando la asociación publicó en sus redes mensajes críticos sobre la actividad de custodia y aparcamiento de vehículos y autocaravanas que López desarrollaba en unos terrenos de su propiedad próximos a la playa de Percheles. Las publicaciones acusaban al demandante de convertir la zona en un “chiringuito”, lucrarse mediante actividades “ilegales”, impedir el acceso público a la playa, eliminar servidumbres de paso, causar problemas medioambientales y llegar incluso a protagonizar episodios violentos con usuarios de la playa.

La defensa del afectado sostuvo durante el juicio que estas manifestaciones, difundidas en un entorno pequeño como la pedanía de Cañada de Gallego, dañaron gravemente su imagen personal y profesional, generando un descrédito público basado en hechos que —según afirmó— nunca habían sido demostrados.

La asociación alegó libertad de expresión y el interés público del asunto

En el procedimiento, la Asociación de Vecinos reconoció ser autora de las publicaciones, pero defendió que se trataba de opiniones y críticas amparadas por la libertad de expresión, argumentando que la actividad desarrollada por el demandante en la zona de Percheles tenía relevancia pública y generaba un notable interés social.

El colectivo sostuvo también que parte de sus advertencias se apoyaban en procedimientos administrativos relacionados con la falta de licencias y autorizaciones urbanísticas, y que la compensación económica de 10.000 euros solicitada por el demandante era “desproporcionada”.

El tribunal rechaza que hubiera veracidad suficiente para realizar acusaciones tan graves

La magistrada, tras analizar la documentación aportada y las pruebas desarrolladas durante el juicio, concluye que la asociación no acreditó la veracidad de muchas de las acusaciones formuladas, tal y como exige la jurisprudencia cuando se realizan afirmaciones que afectan al honor de una persona.

El fallo subraya que, al tiempo de publicarse los mensajes, ninguno de los procedimientos administrativos existentes había alcanzado un estadio resolutivo que permitiera sostener, de forma contrastada, que se estuviera privatizando la playa, eliminando servidumbres, ejerciendo actividades ilegales, obteniendo beneficios no declarados o generando situaciones violentas.

Además, la sentencia destaca expresiones como “el chiringuito de Avelino” o “apología de actividad ilegal”, que califica de “vejatorias e innecesarias” para la finalidad informativa alegada por la asociación. El tribunal recuerda que la libertad de expresión permite la crítica, pero no ampara el uso de términos insultantes ni la difusión de hechos no verificados.

Indemnización de 3.000 euros y obligación de eliminar las publicaciones

Aunque la demanda solicitaba una compensación de 10.000 euros, el tribunal fija la indemnización en 3.000 euros, siguiendo la propuesta del Ministerio Fiscal. La jueza argumenta que, pese a existir daño moral, el demandante no acreditó suficientemente el alcance económico de dicho perjuicio: no presentó informes periciales sobre difusión, impacto o pérdida de ingresos.

La sentencia establece la existencia de intromisión ilegítima en el honor del demandante, la obligación de la asociación de eliminar todas las publicaciones realizadas en las fechas citadas, el pago de 3.000 euros más intereses legales hasta su completo abono y por contra la no imposición de costas, al estimarse la demanda solo parcialmente.

La sentencia no es firme

El fallo recuerda que contra la resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en un plazo de veinte días desde su notificación.

Noticias de Mazarrón

El Ayuntamiento de Mazarrón, a través de la Concejalía de Cultura, a cargo del edil Jorge Durán, ha presentado el XXII Certamen Nacional de Pintura al Aire Libre “Paisajes de Mazarrón”, una de las citas artísticas más destacadas del municipio

Este 15 y 16 de noviembre de 2025, la Playa de Bahía La Reya, en Puerto de Mazarrón, se convertirá en el epicentro del surf infantil y juvenil a nivel nacional, con la celebración de dos eventos de gran relevancia en el calendario: el Campeon

Réplica única de los legendarios galeones españoles de la historia

La concejal de Educación, Silvia García, realiza una visita a las obras de este aula, que supondrá el primer aula de 2 años en Mazarrón pueblo

El mural titulado “Un paseo por Bolnuevo” del artista Amado Rodríguez engalanará el paso de nuestra querida Purísima a su entrada a Bolnuevo

El pasado viernes, 7 de noviembre, se inauguró la exposición “Topografía Emocional” de la artista Natalia Nomokonova, que estará disponible hasta el 12 de diciembre en la Sala de Exposiciones del Centro Cultural de Mazarrón

El presupuesto base de licitación del total de la obra de emergencia de actuaciones en ramblas es de 1.606.800€ con fondos propios de la Confederación